miércoles, 30 de diciembre de 2015

¿Existe concentración de derechos de aprovechamiento de aguas en el sector minero en perjuicio de la agricultura?

El Código de Aguas de 1981 de Chile (CA) establece que la Dirección General de Aguas (DGA) deberá llevar un Catastro Público de Aguas (CPA) en el que constará toda la información que tenga relación con las aguas, incluyendo la relacionada a los DAA. Además, establece que la DGA deberá mantener actualizado el Registro Público de DAA (RDAA) dentro del CPA. Sin embargo, éste está incompleto y desactualizado por lo que no existe de un sistema actualizado y transparente de información respecto a la distribución de las aguas.  Lo anterior explica la percepción que el CA ha “favorecido la concentración de la propiedad de éstas en el sector eléctrico, minero y exportador, en perjuicio del acceso al recurso para la mayoría de la población y el cultivo agrícola” (Boletín 9102-01, Cámara de Diputados).  Sin embargo, los datos oficiales indican que uso del agua de consuntiva en Chile está concentrado en la agricultura con el 73% del uso del agua. El uso industrial representa el 12% de las extracciones, mientras que la minería y el abastecimiento de agua potable representan el 9% y 6%, respectivamente. Lamentablemente la falta de información ha desviado el foco de los temas prioritarios de gestión de las aguas que sean sustentables.